A partir de este 23 de agosto, las personas interesadas en postularse al Subsidio de Arriendo Adulto Mayor podrán hacer el trámite, según lo informado por el Minvu.
Se trata de un aporte económico destinado para ayudar a las personas mayores de 60 años de edad, que no sean propietarias de una vivienda, puedan recibir un subsidio con el cual podrán cubrir al menos la mitad del arriendo mensual de una propiedad donde actualmente estén viviendo.
Aquellos que deseen recibir el aporte no necesariamente deben tener un ahorro mínimo. Sin embargo, sí tienen que cumplir una serie de condiciones permanentes.
¿Cuánto dinero se recibe?
El subsidio abarca entre el 90% y 95% del precio neto del arriendo de una vivienda, porcentaje que puede variar de acuerdo al tramo de Registro Social de Hogares (RSH). Esto quiere decir que los beneficiarios tienen que hacer un copago mensual de aproximadamente entre el 5% y 10% de la renta mensual.
Es importante resaltar que para poder optar por el beneficio, el valor de los arriendos no puede ser mayor de 11 UF ($370.359). En este sentido, las personas que queden seleccionadas para recibir el aporte podrían obtener un monto máximo de $351.841 (el 95% de 11 UF).
¿Cuáles son los requisitos para postular?
Los adultos mayores que deseen postularse a este Subsidio de Arriendo deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener más de 60 años a la hora de postularse, verificar RUT por medio del rutificador, o estar próximo a cumplirlos antes de que finalice el 2022.
- Pertenecer al 70% de la población más vulnerable, de acuerdo a la medición del Registro Social de Hogares.
- Acreditar un ingreso mensual de 5 UF, equivalente a $167.085, lo que es igual a la Pensión Básica Solidaria de Vejez Vigente al 2022.
- No se debe contar con un ahorro mínimo.
Desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo indicaron que para facilitar el acceso al subsidio, permitirán que se postulen quienes:
- Estén postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda DS49.
- Tienen derecho en comunidades sobre una vivienda. Aplica para el postulante, su cónyuge y su núcleo familiar.
- Obtuvieron una vivienda o subsidio habitacional y actualmente no son propietarios de una vivienda.
- Fueron beneficiados anteriormente con un subsidio de arriendo (si está caducado y sin deuda vigente).